miércoles, 26 de noviembre de 2014

Lectura Robert Alexy


¿A qué problemas se enfrenta la Filosofía del Derecho?

Las instituciones que la integran, la existencia o validez de dichas instituciones y la legitimidad de las mismas.

¿Cuáles son las tesis que marca Alexy dentro de la Filosofía del Derecho?
La filosofía del derecho es parte de la filosofía
El derecho se legitima en su dimensión fáctica
La ética como parte de la filosofía evalúa al derecho como conductas moralmente aceptables
El derecho consiste en un todo ecléctico

¿Cuáles son las diferencias entre Derecho y Moral?
La exterioridad del derecho y su coerción, frente a la interioridad de la moral
¿Cuáles son los tres principales problemas concernientes a la naturaleza del Derecho?
1. En que instituciones se concreta la existencia del derecho
2.- En que elementos de hecho percibimos al derecho
3.- Que se origina en un momento primigenio, el derecho o la moral.
¿Cuál es la diferencia entre Derecho y Coerción?
El derecho es un sistema normativo, mientras la coerción constiituye la fuerza legítima del poder soberano, como aspecto que dota de eficacia al derecho y condicionador en un primer plano de la naturaleza jurídica de las instituciones
¿Cuál es el argumento de la Corrección y a que lo atribuye?
Las normas jurídicas fueron elaboradas para enmarcar un parámetro de conducta y repetir éste
¿Cuál es el argumento de la injusticia extrema?
La validez de las normas jurídicas, aún y cuando hayan sido producidas por el procedimiento previsto en ley, si éstas son sumamente injustas, dejarán de ser parte del ordenamiento jurídico
 ¿Qué es la injusticia legislativa conforme a la fórmula Radbruch?
Cuando el contenido de las normas jurídicas no corresponde a la realidad por el cual fueron generadas y por lo tanto carecen de legitimidad
¿Qué es la textura abierta del derecho y la autocomprensión de los juristas?
Concepto que consiste en afirmar que no todas las conductas pueden ser prevenidas en las hipótesis normativa efectuadas por los legisladores, por lo cual al ser consciente de ello, se debe circunstanciar la norma al caso concreto apegado a los valores que determine la sociedad
¿Hacia donde orienta la nueva concepción del derecho?
A un conjunto de normas jurídicas encaminadas a mostrar parámetros generales, para que su aplicador le atribuya características específicas del caso concreto y por lo tanto dote a dicha norma de legitimación
¿Qué análisis describe del positivismo y del no positivismo?
Excluyente y no excluyente, derivado de que contemple o no a la moral como parte del elemento legitimador de las normas jurídicas

¿Cuál será entonces la vigencia  de la tesis de Alexy sobre el concepto y la naturaleza del derecho?

Se encuentra vigente en tanto sea considerada un elemento condicionador de lo jurídico a la legitimidad de las norma por parte de la sociedad y no solamente como un elemento dificultador de la aplicación del derecho.

Conclusión

Considero que las críticas de Alexy resultan contundentes en el entendido de que no es posible que el legislador contemple la totalidad de conductas en una norma abstracta, sino que deben de ser circunstanciadas en su aplicación al caso concreto.

Me parece relevante el hecho de que determinada norma jurídica no pueda ser catalogada como derecho cuando ésta carece de justicia, toda vez que ese elemento no caracteriza a lo jurídico, sino la seguridad jurídica como elemento generador y portador del derecho.


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